CAPACITAR PARA EL FUTURO
Con el Presidente del Partido aparecen los tolimenses Santiago Castro y Juan Carlos Wills 
El Presidente del Partido, Representante a la Cámara DAVID BARGUL ASSIS, hace presencia en el diplomado organizado por la Fundación Hanns Seidel en asoció con el Partido Conservador Colombianos y la Universidad Sergio Arboleda, en desarrollo de su intervención informa acerca de la ruta que trazará en su gestión como Presidente del Partido y los planes y proyectos a desarrollar con la organización generacional del conservatismo colombiano.

La capacitan, registrada en la imagen a continuación, en esta oportunidad se ocupó de los temas Políticas Gubernamentales y Marketing Político 
IMPORTANTE INICIATIVA DEL CONCEJAL BOLÍVAR

con la que se arreglaría definitivamente la crisis financiera del Federido Lleras.

El Concejal conservador de Ibagué Jorge Bolívar, concibió  proyecto de ley, con el cual pretende crear la estampilla pro hospital Federico Lleras, el mismo fue entregado el día de hoy al señor gobernador del Tolima, para ser socializado con representantes y senadores. 

 Este es el texto de la iniciativa:

PROYECTO DE LEY No.

Por la cual se autoriza la emisión de la estampilla pro hospital Federico Lleras Acosta del departamento de Tolima.

El Congreso De Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Autorizar a la Asamblea del Departamento del Tolima para que ordene la emisión de la estampilla “hospital Federico Lleras Acosta del Departamento de Tolima.”.

Artículo 2°. El producido de la estampilla a la que se refiere el artículo anterior, se destinará exclusivamente para:

·         Construcción, ampliación y mantenimiento de planta física;
·         Adquisición, mantenimiento y reparación de equipos, requeridos y necesarios para desarrollar y cumplir con las funciones propias del hospital Federico Lleras Acosta del departamento de Tolima;
·         Dotación de instrumentos y suministros requeridos por el Hospital Federico Lleras en el área de laboratorios, centros o unidades de diagnósticos, biotecnología, microtecnología, informática y comunicaciones.

Del total recaudado, El hospital Federico Lleras Acosta podrá destinar hasta un cincuenta por ciento (50%) en el pago de personal y para atender los aportes de contrapartida que deben cubrir la atención de la seguridad social de los empleados.

Artículo 3°. Autorizase a la Asamblea Departamental del Tolima, para que determine las características, tarifas y todos los demás asuntos referentes al uso obligatorio de la estampilla en las actividades, obras y operaciones que deban realizarse en el departamento y en los municipios del mismo.

Artículo 4°. Facultar a los Concejos Municipales del departamento del Tolima para que, previa autorización de la Asamblea Departamental, hagan obligatorio el uso de la estampilla, cuya emisión por esta ley se autoriza, siempre con destino a lo estipulado en el artículo 2° de la presente ley.

Artículo 5°. La tarifa que determine la Asamblea del Tolima  no podrá exceder del dos por ciento (2%) del valor del acto, actividad, obra u operación sujetos del gravamen.

Artículo 6°. La obligación de adherir y anular la estampilla física de que trata esta ley, queda a cargo de los funcionarios departamentales y municipales que intervengan en los actos o hechos  sujetos al gravamen y el incumplimiento a esta obligación se sancionará por la autoridad disciplinaria correspondiente.

Artículo 7°. Los recaudos por las ventas de la estampilla y sus correspondientes traslados estarán a cargo de la Secretaria de Hacienda Departamental y tesorerías municipales.

Artículo 8°. El control del recaudo de los recursos, así como su inversión, estarán a cargo de la Contraloría General del Departamento del Tolima y de las contralorías municipales.

Artículo 9°. La emisión de la estampilla cuya creación se autoriza por medio de la presente ley es indefinida en el tiempo.

Artículo 10°. La presente ley rige a partir de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,
Secretario General del honorable Senado de la República,
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes.